Nosotros también hicimos fuerza!!!!!!
A fines del año 2008, una delegación de Empleados de Edificios de Maldonado solicitó a los Diputados Sres. Federico Casaretto y Darío Pérez la reactivación de varios proyecto de ley que dormían en el Parlamento. Más tarde, el 6 de marzo se entregaba una carpeta con información a Ediles de Maldonado.
Finalmente, el día 6 de mayo, se votó en Cámara de Senadores el Proyecto de Ley de Accidentes de Trabajo que tenía la media sanción de Cámara de Diputados desde el 11 de diciembre de 2007.
Por esta nueva ley:
" Se modifica el artículo 14 de la Ley Nº 16.074, de 10 de octubre de 1989, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"ARTÍCULO 14.- Será considerado accidente de trabajo el que sufra un obrero o empleado al trasladarse directamente hacia o desde su lugar de trabajo, siempre y cuando el damnificado no hubiere interrumpido o alterado dicho trayecto por causas ajenas al trabajo, así como cuando medien alguna de las siguientes circunstancias: | ||
A) | Que estuviere cumpliendo una tarea específica ordenada por el patrono. | |
B) | Que éste hubiera tomado a su cargo el transporte del trabajador. | |
C) | Que el acceso al establecimiento ofrezca riesgos especiales. | |
D) | Que el trabajador se encontrare en uso de su licencia gremial durante el horario habitual de su jornada de trabajo." |
Ya se reactivó UNO.
Todavía nos quedan CUATRO.
SEGUIREMOS TRABAJANDO
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