Se aprobó ley de trabajo nocturno.
El Senado convirtió en ley el nuevo régimen de trabajo nocturno. La norma concede nuevos beneficios laborales para aquellos trabajadores que cumplan horarios nocturnos en el tramo comprendido entre las 22 y las 6 de la mañana.
El artículo 1º de la ley define al trabajo nocturno como aquel que se desarrolla entre las 22 y las 06, considerando además que, en general, la nocturnidad laboral es negativa para la salud. Quienes trabajen de noche tendrán un 20% de aumento salarial o un 20% menos de horas en su turno.
En artículos siguientes se especifica que las embarazadas no podrán trabajar en el horario nocturno, y esa disposición se prolongará durante el primer año subsiguiente al nacimiento. Las mujeres que pasen a trabajar de día por esta razón no perderán sus beneficios.
2 comentarios
César Teijón -
Por suerte nuestro sindicato nunca va a tener ese problema, ya que ese plus por nocturnidad lo conseguimos por Convenio Salarial. Es una pena que desde hace tiempo ya no estés en el sindicato ni acudas a las reuniones, para poder sacarte este tipo de dudas.
Nos seguimos reuniendo, como desde hace 8 años, los mismos días y a la misma hora.
Saludos.
Gabriel -